ADRI Ribera del Duero Burgalesa gestionará una línea de subvenciones dirigidas al mantenimiento y la reactivación del empleo en el medio rural. La financiación proviene de SODEBUR (Sociedad para el Desarrollo de la Provincia de Burgos), dentro del ámbito del convenio firmado entre ambos para este año 2021, y tiene el fin de continuar apoyando al tejido empresarial del medio rural de la provincia.
La partida destinada a esta Convocatoria es de 260.000,00€, que se distribuirán de la siguiente forma por área territorial:
- Área territorial Merindades – Ámbito de desarrollo de CEDER MERINDADES: 38.000€
- Área territorial Arlanza – Ámbito de desarrollo de ADECOAR: 38.000€
- Área territorial Bureba – Ámbito de desarrollo de ADECO BUREBA: 38.000€
- Área territorial Ribera – Ámbito de desarrollo de ADRI RIBERA DEL DUERO: 58.000€
- Área territorial Sierra de la Demanda – Ámbito de desarrollo de AGALSA: 38.000€
- Área territorial Amaya Camino – Ámbito de desarrollo de ADECO CAMINO: 38.000€
- Área territorial de Pinares – Ámbito de desarrollo de ASOPIVA: 12.000
Objeto de la ayuda:
La presente convocatoria tiene por objeto subvencionar, a las personas físicas (autónomas) o jurídicas que desarrollen su actividad en el medio rural de la provincia y hayan reactivado sus negocios y/o los contratos de sus trabajadores en situación de Expediente de Regulación Temporal de Empleo, durante un periodo mínimo de 3 meses. Se permiten periodos discontinuos/ ERTES en diferentes periodos).
En el caso de trabajadores autónomos, podrán ser beneficiarios aquellos que hayan reiniciado su actividad tras el cese de la misma a causa de la crisis de la COVID-19, considerando cese de actividad el haber sufrido una reducción en la facturación de, al menos, el 50% durante el año 2020 o primer trimestre respecto al mismo periodo del año 2019.
Plazo subvencionable:
Las reactivaciones de empleo y/o reinicios de actividad subvencionadas serán las efectuadas desde el 1 de octubre de 2020 y hasta 31 de agosto de 2021 .
Se permiten periodos discontinuos/ ERTES en diferentes periodos).
Municipios del ámbito de actuación de ADRI RIBERA:
Adrada de haza, Anguix, Arandilla, Araúzo de Miel, Araúzo de Salce, Araúzo de Torre, Bahabón de Esgueva, Baños de Valdearados, Berlangas de Roa, Brazacorta, Cabanes de Esgueva, Caleruega, Campillo de Aranda, Castrillo de la Vega, Ciruelos de Cervera, Coruña del Conde, La Cueva de Roa, Espinosa de Cervera, Fresnillo de las Dueñas, Fuentecén, Fuentelcésped, Fuentelisendo, Fuentemolinos, Fuentenebro, Fuentespina, Gumiel de Izán, Gumiel de Mercado, Haza, Hontangas, Hontoria de Valdearados, La Horra, Hoyales de Roa, Huerta de Rey, Mambrilla de Castrejón, Milagros, Moradillo de Roa, Nava de Roa, Olmedillo de Roa, Oquillas, Pardilla, Pedrosa de Duero, Peñaranda de Duero, Pinilla Trasmonte, Quemada, Quintana del Pidio, Roa, San Juan del Monte, San Martín de Rubiales, Santa Cruz de la Salceda, Santa María del Mercadillo, Santibáñez de Esgueva, La Sequera de Haza, Sotillo de la Ribera, Terradillos de Esgueva, Torregalindo, Torresandino, Tórtoles de Esgueva, Tubilla del Lago, Vadocondes, Valdeande, Valdezate, La Vid, Villaescusa de Roa, Villalba de Duero, Villalbilla de Gumiel, Villanueva de Gumiel, Villatuelda y Zazuar.
Consulta el número de población por localidad y municipio al que pertenece.
Para más información:
- Isidro Ferreras Martínez
- E- mail rv@riberadeldueroburgalesa.com
- Teléfono: 947552091 ó 691557423
Convocatoria:
0.1 Bases de la convocatoria – Mantenimiento y reactivación de empleo en la provincia de Burgos 2021
Documentación a presentar:
- Oficio de presentación
- Anexo B (Solicitud)
- NIF/CIF de la persona física (autónomo) o jurídica solicitante.
- Documento 036 o 037 de la Agencia Tributaria, referente al Censo de Empresarios del solicitante
o Censo de Actividades Empresariales. - Informe de Vida Laboral de la empresa desde un año antes de la fecha de solicitud.
- Informe de plantilla media de trabajadores en situación de alta del 01/01/2020 al 31/12/2020.
- Justificante de la empresa de estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
- Reactivación de trabajadores:
– DNI/NIF de la persona/s en situación de reactivación de empleo
– Justificante de resolución y reactivación del ERTE que afecta al/los trabajador/es.
– Nóminas de la/s persona/s en reactivación de empleo durante los 3 meses
exigidos, incluyendo los justificantes de pago de las mismas.
– Recibos de Liquidaciones de Cotización de los Seguros Sociales, presentados por la empresa, correspondientes a los 3 meses requeridos de reactivación de la contratación, junto con sus justificantes de pago y las Relaciones Nominales de Trabajadores mensuales. - Reinicio actividad autónomos:
– Documentación acreditativa del cese temporal de la actividad (obligado por cierre; solicitado por reducción de facturación; informe de vida laboral; certificado de la mutua correspondiente; justificación de un 50% en la reducción de facturación anual -modelo 390-; justificación de un 50% en la reducción de facturación trimestral -modelo 303-; etc).
– Recibos de Cuota Cotización Seguridad Social, correspondientes a los 3 meses requeridos de reinicio de la actividad.
Modelos de presentación de documentación
Estos dos modelos habrán de presentarse con firma digital.
Documentación de apoyo:
Consulta el número de población por localidad y municipio al que pertenece.
Plazo presentación:
Desde el lunes 19 de julio hasta el miércoles 31 de agosto de 2021.
Importe de la subvención:
- EMPRESAS: el importe de ayuda a conceder en el caso de reactivaciones de empleo se asignará en función
del porcentaje de reactivación de la jornada laboral del trabajador durante los 3 meses requeridos.
• Reactivación realizada por jornada laboral completa (100%): 1.500 €.
• Reactivación realizada por jornada laboral parcial entre un 99,99% y un 75%: 1.250 €.
• Reactivación realizada por jornada laboral parcial de entre un 74,99% y un 50%: 750 €.
- AUTÓNOMOS: el importe de ayuda a conceder en el caso de reinicios de actividad de trabajadores autónomos será de 1.500 € en la totalidad de los casos.
El importe máximo a conceder por cada beneficiario, teniendo en cuenta la posibilidad de incluir
las reactivaciones de varios trabajadores, o la reactivación de un trabajador llevada a cabo por un
autónomo con reinicio de actividad, será de 2.500 € en total.
Requisitos mínimos:
- Personas físicas (autónomas) y jurídicas, que desarrollen una actividad económica o trabajen activamente por el desarrollo del medio rural de la provincia, que lleven a cabo reactivaciones de contratos en situación de ERTE consecuencia de la actual crisis económica, y que no reciban otros apoyos económicos desde SODEBUR o la Diputación de Burgos, para el mismo objeto.
- Autónomos que hayan reiniciado su actividad tras el cese de la misma a causa de la crisis del COVID19. Considerando cese de actividad el haber sufrido una reducción en la facturación de, al menos, el 50% durante el año 2020 o primer trimestre de 2021 respecto al mismo periodo del año 2019.
- Las personas físicas deberán estar dadas de alta en el Régimen de Autónomos y, estar empadronadas o tener su domicilio fiscal o centro de trabajo en un municipio de menos de 20.000 habitantes de la provincia de Burgos y en el caso de personas jurídicas su centro de trabajo deberá estar ubicado en un municipio de las mismas características.
- Las reactivaciones de ERTE que se efectúen deberán tener una duración mínima de 3 meses y
realizarse, al menos por el 50% de la jornada laboral del trabajador.
Fondos disponibles: 58.000€ *
*Si la demanda es suficiente y los presupuestos de SODEBUR o Diputación de Burgos lo permiten cabría una posibilidad de ampliación de los fondos disponibles.
Concesión:
La concesión de las subvenciones se realizará por el procedimiento de concurrencia competitiva,
otorgándose mediante la comparación de las solicitudes presentadas, de acuerdo con los criterios
establecidos en la base novena de esta convocatoria, a todos aquellos solicitantes que tengan
derecho, hasta agotar el presupuesto disponible.
Resolución inicial:
Resolución inicial convocatoria 2021
Los interesados (beneficiarios y/o excluidos), podrán presentar alegaciones a la misma en el plazo máximo de 10 días hábiles desde la publicación de la misma en la página web de cada ADR, a través de la presentación del correspondiente escrito en los lugares habilitados:
ADRI RIBERA DEL DUERO: Calle La Cava 58, 09410, Peñaranda de Duero (Burgos)
Horario de atención: de lunes a jueves, de 08:00 a 15:00 y de 16 a 20:30.
Correo electrónico;: rv@riberadeldueroburgalesa.com, o rdb@riberadeldueroburgalesa.com.
El plazo de inicio y finalización para presentar alegaciones será desde el lunes 18 de octubre hasta el viernes 29 de octubre de 2021.
Resolución final:
Resolución final convocatoria 2021
Siguiendo las bases se publica en fecha 04/11/2021 la resolución definitiva de la convocatoria, que será publicada por SODEBUR en la Base Nacional de Subvenciones y el Boletín Oficial de la provincia.
Según la Base 3.3.1. es obligación aceptar la subvención y comunicar a la ADR correspondiente la misma, en el plazo de diez días, contados a partir del siguiente al de la notificación de la resolución definitiva.
El beneficiario deberá comunicar a esta ADRI la aceptación o renuncia de la subvención concedida, a través del envío del siguiente anexo, hasta el 18 de noviembre de 2021. Si no se recibe comunicación en este sentido, se entenderá por rechazada la subvención.
Anexo de Aceptación:
Para rellenar una vez notificada la concesión: Anexo C de Aceptación
El anexo deberá ser enviado a la ADRI RIBERA DEL DUERO BURGALESA: Calle La Cava 58, 09410, Peñaranda de Duero (Burgos). Horario de atención: de lunes a jueves, de 08:00 a 15:00 y de 16 a 20:30.
Correo electrónico: rv@riberadeldueroburgalesa.com, o rdb@riberadeldueroburgalesa.com.
Una vez recibida la aceptación de la subvención, la ADR procederá a hacer efectivo el abono de la subvención al número de cuenta proporcionado por el beneficiario en el Anexo B de la convocatoria.